El Consejo Superior de la Universidad, a partir de una iniciativa que modificó el artículo 47 del Manual de Procedimientos Electorales, determinó que el padrón de electores del claustro egresados quede abierto permanentemente hasta el 31 de marzo del año en que se realicen elecciones, y que se consolide cuando se cierran todos los padrones de la UNCUYO (Ver ordenanza).
Otro cambio significativo es que estos graduados -recibidos antes del 31 de diciembre del 2003- podrán empadronarse personalmente completando una planilla (se puede descargar al final de la nota) o a través de un tercero que presente esa planilla del interesado con copia del DNI actualizada.
En concreto, lo que se determina es que todos los padrones para graduados queden abiertos para que cualquier persona recibida de la UNCUYO antes del 2003 pueda inscribirse en cualquier momento del año, y en los años de elecciones puedan empadronarse antes del 31 de marzo. La inscripción es por única vez.
En tanto para quienes egresaron entre 2003 y el 2017, la incorporación al padrón es automática.
Sobre el artículo 47
En un principio los padrones de egresados estaban compuestos por quienes estaban inscriptos al 31 de diciembre del 2013. Luego, las unidades académicas debían incorporar a los egresados hasta 10 años antes. Aquellos que se graduaron anteriormente al 2003 podían empadronarse cuando la junta general disponía, antes de las elecciones, en el periodo de observaciones de padrones provisorios.
Existe un caudal enorme de egresados desde 1940 hasta el 2003 que no se encuentran empadronados, por lo tanto lo que plantea el proyecto en la modificación de este artículo es la inclusión y la participación de todos aquellos que siendo egresados anteriores al 2003, y que por la razón que sea no hayan podido empadronarse, lo realicen sin ningún tipo de condicionamiento.
Se trata de una búsqueda de acciones, proyectos y propuestas para una mayor participación de ese claustro.