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Aprobaron reglamento de sesiones no presenciales del Consejo Directivo de la Facultad

Se trata de un conjunto de reglas de funcionamiento transitorias del Consejo Directivo de la Facultad de Educación durante la situación de emergencia sanitaria.

29 de junio de 2020, 11:08.

imagen Aprobaron reglamento de sesiones no presenciales del Consejo Directivo de la Facultad

Ya se puede participar de las reuniones de Consejo Directivo.

La intención del reglamento es disponer el funcionamiento del cuerpo y especialmente garantizar que las sesiones plenarias sean efectivamente públicas, en tanto el mismo cuerpo no disponga lo contrario (por ejemplo en casos en que la difusión pudiera afectar derechos subjetivos y/o intereses legítimos de terceros).

 

Se trata de un reglamento que tendrá vigencia hasta que finalice la emergencia sanitaria en todo el ámbito de nuestra Provincia. Las reuniones se llevarán adelante de manera virtual a través de plataformas digitales establecidas para ese fin. El Consejo decidió además que el reglamento podrá ir dando lugar a un formato mixto parte presencial y parte virtual según el comportamiento de la pandemia.

 

Entre las disposiciones del reglamento se destaca que cada sesión plenaria no presencial se registrará en soporte de audio y video, asimismo se transmitirá en vivo por el canal oficial de Youtube de la Facultad y la convocatoria a la sesión se dará a conocer por los medios oficiales de difusión de la Unidad Académica.

 

Los interesados en conocer el reglamento completo y cada una de sus disposiciones de funcionamiento pueden consultarlo en la ordenanza que se puede descargar al pie de esta noticia.

 

Cómo participar de la reunión

 

Los integrantes de la comunidad de la Facultad que quieran participar de la reunión de Consejo podrán solicitar hacer uso de la palabra en cualquier cuestión inherente al quehacer universitario. Para ello podrán enviar un mensaje a un número de WhatsApp (que figurará en la noticia mediante la que se difundirá la reunión plenaria) en el que se consignará nombre y apellido, número de documento y el claustro al que corresponde (docente, estudiante, egresado o personal de apoyo académico).

 

La Secretaría del Consejo les habilitará el uso y tiempo de la misma, a través del envío del enlace correspondiente, si el cuerpo lo aprueba oportunamente. 

 

 

 

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