Personal docente
Habilitaron formulario para solicitar adicional salarial por título de Posgrado
Docentes de la Facultad podrán realizar el trámite de manera online. En la nota, la explicación paso a paso para conseguirlo.
Enlaces útiles:
Solicitud de Licencias (exceptuando enfermedad y cuidado familiar), actualización de datos personales, Declaración Jurada de Cargos y guía para el personal ingresante.
La Dirección de Educación a Distancia aborda diversas líneas de acción con el objetivo de ampliar las posibilidades de acceso a los aprendizajes de diferentes perfiles y sus necesidades.
Acceso a la plataforma FEDvirtual
Enlace directo para acceder a la nueva plataforma de la Facultad de Educación.
Acceso a proyectos y programas que desarrollan los equipos de investigación de nuestra Facultad, publicaciones, informes especiales y recursos varios.
Normativa, fechas, conceptos a cubrir, modelo de solicitud, procedimiento de rendición y otros.
Información sobre el Departamento de Asistencia Médico Social Universitaria, Fondo de Discapacidad y más.
Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias
Licencias por enfermedad
- Afecciones o lesiones de corto tratamiento
- Afecciones o lesiones de largo tratamiento
- Atención del grupo familiar
Procedimiento:
- Informar a Dir General de Medicina Laboral (Correo: sanidad@uncu.edu.ar - Whatsapp +54 9 2615936634 - Fijo 4494068) y enviarles dentro de las posteriores 48 horas, la certificación médica correspondiente.
- Dar aviso a rhumanos@educación.uncu.edu.ar
Licencias extraordinarias
- Rendir exámenes
- Tomar mesas examinadoras
- Matrimonio
- Razones Particulares
- Nacimiento
- Fallecimiento
- Donación de Sangre
- Congresos
- Actuar como Jurado
Procedimiento:
- Enviar correo electrónico a rrhh@fed.uncu.edu.ar con copia a su superior (en el caso del personal docente la copia debe enviarse a Secretaría Académica) especificando el motivo de la licencia, los días por los cuales la solicita y afirmando la aprobación del superior.
RECORDATORIO: Por Razones Particulares solo se justificarán hasta SEIS (6) días laborables por año calendario y siempre que no excedan DOS (2) por mes. De no cumplimentarse lo expuesto, la inasistencia no se justificará.