Los integrantes de la comisión de Salud, que preside Hebe Casado (PRO), dieron despacho favorable al proyecto de Ley de Néstor Parés (MC) que regula el ejercicio de Profesor Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual, Orientación en Discapacidad Motora, Licenciado en Terapia del Lenguaje y Profesor Universitario en Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Visual.
Según los fundamentos de la iniciativa “los profesionales especialistas, se constituyen en una propuesta actualizada y del más alto nivel académico, tendiente a proveer profesionales capaces de analizar problemáticas educativas vinculadas a las personas con discapacidad intelectual y/o motora, dificultades en el lenguaje oral o escrito y deficiencias visuales, ya sea para analizar problemáticas emergentes, plantear soluciones y asumir la responsabilidad de implementarlas y evaluarlas a través del análisis, reflexión y comprensión de los fundamentos de las dimensiones socio-políticas, histórico-culturales, epistemológicas y pedagógico-didácticas”.
Asimismo, estos profesionales “pueden ejercer su profesión en el ámbito de la Salud, desde la especificidad del rol de terapeuta, integrando equipos interdisciplinarios en gabinetes, centros de salud, hospitales, centros de rehabilitación y demás centros asistenciales del área; ascender a cargos jerárquicos según la normativa del Ministerio de Salud; como también desempeñarse en el ejercicio libre de su profesión”.
Por lo tanto, de aprobarse el proyecto, podrán matricularse: el Profesor Terapeuta en Ortopedagogía, con título expedido por la Facultad de Antropología Escolar. También, el Profesor Terapeuta en Ortopedagogía, con título expedido en la Escuela Superior de Formación Docente; el Profesor Terapeuta, de Grado Universitario, en Discapacitados Mentales y Motores; el profesor Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual, Orientación en Discapacidad Motora; el Licenciado en Terapia del Lenguaje y el Profesor Terapeuta, de Grado Universitario, en Discapacitados Visuales.
En el articulado de la iniciativa se especifica sobre las competencias de las mencionadas profesiones, señalando, de acuerdo a cada especificidad, la intervención estrictamente educativo terapéutica prestada a una persona con déficit cognitivo y/o motor de causa neurobiológica, psicosocial, postraumático; el tratamiento prestado a una persona con trastornos en el lenguaje oral y/o escrito, o bien el tratamiento o intervención prestada a una persona con pérdida, ausencia, o reducción de la funcionalidad visual, cuyo origen puede ser neurológico, fisiológico, traumático o post-quirúrgico.
Los profesionales deberán obtener la matrícula correspondiente que será otorgada por la autoridad de aplicación vigente, para lo cual se crea en el ámbito del Ministerio de Salud, un Consejo Deontológico que tendrá por finalidad velar para que el ejercicio de la profesión se cumpla dentro de las normas éticas y legales.
Fuente: Prensa Honorable Cámara de Diputados de Mendoza