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Padrones provisorios para consultar e impugnar

Están disponibles para consultar los padrones provisorios de todos los claustros debajo de este texto. Hay tiempo para realizar impugnaciones o enmiendas hasta el lunes 18 de abril a las 13 hs. Se agrega formulario de impugnaciones o enmiendas que se deberá enviar por mail a: mesadeentradas@fed.uncu.edu.ar

06 de abril de 2022, 19:15.

imagen Padrones provisorios para consultar e impugnar

Los padrones provisorios de cada uno de los claustros de la Facultad de Educación de la UNCuyo ya están disponibles para consultarlos, controlar la información y realizar enmiendas o impugnaciones de ser necesario. Se pueden descargar aquí debajo. Habrá tiempo de hacerlo hasta el lunes 18 de abril a las 13 hs y se deberá hacer vía e-mail.

El formulario para observar, solicitar cambios o impugnar la información que ofrecen los padrones puede descargarse aquí debajo y deberá remitirse por correo electrónico a mesadeentradas@fed.uncu.edu.ar (en el asunto del mail es necesario consignar: Elecciones 2022).

 

Importante para tener en cuenta

 

Se recomienda a los integrantes de los diferentes claustros conocer los artículos del Manual de Procedimientos Electorales y del Reglamento Electoral, que se consignan a continuación. Los artículos seleccionados proveerán la información específica relativa a opciones y decisiones que cada elector puede hacer.

 

ARTÍCULO 10 Los electores que por cualquier causa no figurasen en el padrón provisorio, o estuviesen anotados erróneamente, tienen derecho a reclamar personalmente, ante la Junta Electoral General y/o Particular durante el plazo de 10 (diez) días previsto en el artículo anterior. El día posterior al cierre del período de reclamos, la Junta Electoral Particular informa a la Junta Electoral General todos los reclamos recibidos. Los electores que están registrados en más de una sección electoral deben optar, durante el plazo de publicación del padrón provisorio, en cuál de ellas vota por las categorías de Rector/a y Vicerrector/a y Consejeros Superiores, si así no lo hicieren la Junta Electoral General actúa de oficio y, mediante sorteo, le adjudica la sección electoral donde vota. Los electores que tienen más de un registro en la misma sección electoral deben optar, durante el plazo de publicación del padrón provisorio -10 (diez) días-, en qué claustro o sub-claustro votan, si así no lo hicieren la Junta Electoral Particular actúa de oficio y, mediante sorteo, le adjudica el claustro o subclaustro donde vota. 

ARTÍCULO 19 Para los docentes el padrón está integrado por los docentes efectivos, eméritos y consultos designados hasta la fecha de cierre del padrón y por los interinos con una antigüedad continua e inmediata no menor a DOS (2) años a la fecha de cierre del padrón. Se organiza en: 1. Profesores titulares, asociados, adjuntos, eméritos y consultos. 2. Docentes auxiliares.

ARTÍCULO 20 Para los estudiantes, el padrón está integrado por los estudiantes de cada una de las carreras de grado y de pregrado de nivel superior de las secciones electorales, que tengan una antigüedad mínima de UN (1) año en la misma y hayan aprobado, por lo menos, DOS (2) materias de la carrera en el año académico anterior al de la elección. (Es importante destacar que se considera que el año académico se entiende desde el 1 de abril del 2021 al 31 de marzo del 2022). 

ARTÍCULO 21 Para los egresados, el padrón está integrado por los egresados de las carreras de grado y de pregrado de nivel superior de la Universidad Nacional de Cuyo. Dicha condición podrá ser adquirida hasta el día fijado para el cierre del padrón.

ARTÍCULO 22 Para el personal de apoyo académico, el padrón está integrado por el personal que revista en planta permanente y por quienes revistan en planta temporaria con una antigüedad continua e inmediata no menor a DOS (2) años a la fecha de cierre del padrón. 

Artículo 21 egresados, Artículo 22 personal de apoyo académico

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